Agricultores chilenos demandan a Barrick Gold por la destrucción de los glaciares atacameños que nutren de agua al Valle del Huasco
![]() |
Agricultores chilenos han demandado a Barrick Gold por la destrucción de varios glaciares atacameños |
Una delegación de varias decenas de pequeños agricultores de la zona llegó al Segundo Tribunal Ambiental de la Santiago de Chile a finales de junio para denunciar la destrucción irreparable de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza y la afectación del sistema periglaciar que nutre de agua la cuenta del Valle del Huasco.
La delegación, acompañada por Álvaro Toro, abogado del Observatorio Lationoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA), entró a la sede judicial con un dossier de pruebas con los que busca acreditar que el derretimiento de los glaciares que alimentan la cuenta del Valle del Huasco comenzó con la intervención de la transnacional minera canadiense Barrick Gold en el nacimiento de los ríos y que el fenómeno no puede ser atribuido al calentamiento global.
Cabe recordar que la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto minero Pascua Lama en 2006, indicaba que "el titular deberá acceder al recurso mineral y obras asociadas al desarrollo del proyecto en la zona de glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza de manera tal que no se produzca remoción, traslado, destrucción o cualquier otra intervención física sobre ellos". Todo esto, cuando Barrick Gold ya había destruído una porción importante de los glaciares en la etapa de exploración.
No obstante, desde que se inició la construcción en octubre de 2009, posteriores denuncias certificaron la destrucción de glaciares sin respetar la condición impuesta en la RCA, demostrando la incompatibilidad del proyecto con la supervivencia de los glaciares y en consecuencia la vida de los habitantes del Valle del Huasco.
Por esto, según explicó Lucio Cuenca, director de OLCA, organización que también suscribió el recurso judicial, “la demanda por daño ambiental busca establecer la responsabilidad de Barrick en la destrucción de glaciares, y que se implementen medidas de reparación ambiental que restablezcan las condiciones iniciales del ecosistema, lo que supone en primer término paralizar la actividad minera que está causando el daño, y luego, que el titular que lo causó tomé todas las medidas reparatorias pertinentes”.
AM/Red
2.7.2013