Alerta Minera se despide con un hasta pronto

Tras cinco años de vida y centenares de textos publicados, Alerta Minera cierra sus puertas, considerando que esta revista digital en forma de blog ha cumplido ampliamente la función para la que fue creada. Aunque no descartamos volver en el futuro, en este momento ha sido una decisión unánime de todas las personas que colaboran en la elaboración del soporte.

Alerta Minera ha intentado dar una información elaborada huyendo el copia-pega de artículos (lo más habitual en las páginas web existentes al respecto), y también de la manipulación política que en ocasiones es la seña de identidad de este tipo de conflictos socioambientales, como bien se ha demostrado en numerosas ocasiones.

El problema de la minería contaminante y los conflictos extractivos permanece a nivel mundial, pero la realidad es que cada vez son más los medios de comunicación que se están haciendo eco de ellos y reflejan como las comunidades están despertando frente a la injusticia derivada de la actuación de las grandes corporaciones transnacionales y sus filiales. Y con eso nos quedamos antes de seguir camino.

AM/Red
1.6.2017

El Frente Ciudadano en Defensa del Agua y la Vida le gana la partida a la megaminería tóxica en el Estado mexicano de Baja California Sur

La Reserva de la Sierra La Laguna, una joya de la naturaleza mexicana (Foto: @sierralagunabcs)
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México (SEMARNAT) pierde la batalla legal al decretar el Tribunal federal de Justicia Administrativa la nulidad de la autorización concedida al proyecto minero "Los Cardones" para la explotación minera a cielo abierto en la Reserva de la Biosfera Sierra La Laguna, situada en el municipio de La Paz.

A partir del recurso de nulidad presentado por la organización ciudadana, esto implica que en la práctica la empresa promotora ya no cuenta con autorización administrativa que avale el impacto ambiental de su proyecto, pues la decisión tomada por el tribunal no implica en modo alguno que la nueva resolución que emita la Dirección General de Impacto Ambiental de la SEMARNAT deba ser favorable a las pretensiones de la empresa minera.

En la sentencia emitida el pasado 9 de febrero, el organismo judicial establece que no se respetó en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental lo señalado por la ley en la materia, en el sentido de que las actividades productivas en las zonas de amortiguamiento de las Reservas de la Biosfera sólo pueden ser realizadas por las comunidades que allí habiten en el momento de la expedición de la Declaración o mediante su participación.

"Este es un hecho que marca un precedente a nivel nacional e incluso internacional, hemos logrado por cuarta vez detener un megaproyecto minero que amenaza nuestra agua y, por ende, nuestra calidad de vida. El Frente Ciudadano continuará trabajando en la generación de instrumentos legales que blinden el Estado ante la amenaza de megaproyectos mineros. 

Confiamos que con este importatísimo triunfo logrado por todos los Sudcalifornianos que de diversas formas han contribuido a este movimiento ciudadano, los servidores públicos tomen conciencia de la importancia de la participación ciudadana en la gestión ambiental", ha afirmado Irina Trasviña, portavoz del FRECIUDAV.

LA SIERRA LA LAGUNA, UN ENCLAVE DE ALTO VALOR ECOLÓGICO

La zona en la que pretendía llevarse a cabo la actividad minera es Área Natural Protegida (ANP) declarada Reserva de la Biosfera en 1994 y principal fuente de abastecimiento de agua dulce para el sur del Estado mexicano de Baja California Sur (BCS). Además, se encuentra listada en la Red Mundial de Reservas de la Biosfera, de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y dentro de los sitios prioritarios para la conservación de la Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad (CONABIO).

El proyecto minero preveía ocupar una superficie total de 543 hectáreas distribuidas en una explotación a cielo abierto con dos cielos abiertos, escombreras, balsa de lodos, planta de procesamiento y obras de protección pluvial, incluyendo también la realización de un acueducto de 36 km. que conectaría con una planta desalinizadora ubicada en la costa del Pacífico y la apertura de un camino de acceso además de otras infraestructuras. Todo lo anterior, pese a que el decreto de ANP de Sierra La Laguna prohíbe expresamente dentro de la reserva "verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo y en cualquier clase de corriente o depósito de agua, y desarrollar actividades contaminantes".

Hasta la fecha, el proyecto "Los Cardones" había intentado varias veces llevar a cabo sus planes con distintos nombres: "Paredones Amarillos" desde la década de 1990 hasta el año 2010, por parte de la empresa canadiense Vista Gold; "Concordia" en 2010 y "Los Cardones" en 2011 y 2012. Con posterioridad,  Vista gold vendió dicho proyecto al grupo Invecture (teniendo como accionista principal a Ricardo Salinas Pliego) en el año 2013, operando a través de una filial denominada "Desarrollos Zapal, S.A. de C.V.". 

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EL APARTIDISMO DEL MOVIMIENTO, FUNDAMENTAL PARA PARALIZAR LOS PROYECTOS MINEROS

En el 2014, 37 organizaciones de la Sociedad Civil se integraron en el Frente Ciudadano en Defensa del Agua y la Vida para encabezar un movimiento sin fines partidistas, cuyo objetivo principal ha sido proteger las fuentes de abastecimiento de agua y frenar el impulso de las empresas mineras que pretenden establecerse en el Estado de Baja California Sur, debido a los graves impactos ambientales sociales y económicos que conllevan estos proyectos. 

En palabras de Arturo Ruiz Rubio, asesor jurídico del movimiento, "la sociedad civil organizada de Baja California Sur luchó contra la megaminería tóxica en los tres frentes potenciales: la apabulló en las redes sociales, frenó su operación desde la resistencia civil, y triunfó en la contienda judicial ante los tribunales. Somos la primera comunidad en América Latina que logra vencer en los tres frentes y detener la actividad minera antes del inicio de sus operaciones".

AM/Red
18.3.2017

La Defensora del Pueblo salvadoreña celebra la realización de una consulta popular sobre minería metálica en el Departamento de Cabañas

Raquel Caballero de Vergara y su equipo de observadores durante la consulta (Foto: PDDH)
La representante de la Procuradoría para la Defensa de los Derechos Humanos, Raquel Caballero de Guevara, ha expresado públicamente su satisfacción por el desarrollo de esta actividad llevada a cabo el pasado 26 de febrero en el municipio de Cinquera al servir de oportunidad para los residentes "a participar activamente en la decisión trascendental" de aceptar o no este tipo de proyectos extractivos en su espacio territorial.

Al respecto, la Ombudsman de El Salvador ha dejado claro su posicionamiento frente a los proyectos mineros, exhortando a la Asamblea Legislativa "sobre la necesidad y urgencia" de analizar la reciente propuesta de Ley de Prohibición de la minería metálica en el país centroamericano y su pronta aprobación, basándose "en los impactos negativos que esta industria deja en los derechos humanos y el medio ambiente, y sobre todo en la vida de las personas".

Caballero de Vegara estuvo presente durante la consulta junto a un equipo de verificadores en los cuatro centros de votación asignados y pudo constatar que se dió "de manera secreta, sin discriminación, transparente y en un ambiente seguro".

Finalmente, más del 50% de los votantes se mostró contrario a la activiad extractiva, lo que puede permitir al Gobierno municipal la creación de un ordenamiento jurídico que prohíba la minería metálica en la localidad.

Por eso, con la finalidad de prevenir conflictos socio-ambientales derivados de las iniciativas de proyectos considerados de desarrollo, "pero que amenazan al medio ambiente y a los derechos humanos", la Defensora del Pueblo salvadoreña considera propicia la ocasión "para exhortar a los diferentes Gobiernos municipales a promover este mecanismo de participación ciudadana y contribuir a la gobernabilidad democrática de su localidad, así como a la protección de los derechos humanos y por ende la vida y salud de sus habitantes".

AM/Red
16.3.2017

Sí a la Tierra Viva considera que el proyecto presentado por Quantum Minería en Castilla-La Mancha presenta numerosas deficiencias ambientales

Sí a la Tierra Viva considera que la minería de tierras raras afectará negativamente al medio 
La Plataforma Sí a la Tierra Viva reafirma su postura sobre la no entrada en plazo del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la mercantil y está pendiente de la valoración que emita el Defensor del Pueblo al respecto antes de dar los pasos que correspondan por vía legal o administrativa.

Para Sí a la Tierra Viva la información anunciada por la minera no resulta verosímil "sobre todo en lo que a la utilización de recursos hídricos se refiere" teniendo en cuenta "la tajante negativa de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) al respecto" debido a que "tan sólo hace unas semanas, Quantum hizo público que el consumo de agua sería de 100.000 metros cúbicos/año frente a los 88.000 de ahora, y en proyecto se habló primero de 500.000 y luego de 300.000". Para la Plataforma, "este baile de cifras, que refleja el planteamiento errático de la minera, en absoluto es creíble, dado que el agua es el recurso clave en un proyecto extractivo de estas características".


Desde Sí a la Tierra Viva indican que es además la propia empresa "la que ha reconocido que no llega a alcanzar los requisitos solicitados por la Administración", dado que para la mercantil "la consecución de las condiciones ambientales iniciales requiere cierto tiempo", lo que es "un planteamiento del todo inadmisible en aras de superar un hipotético procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental reglado por unas normas y unos condicionantes imposibles de soslayar pues son de obligado cumplimiento".

VALORACIÓN DEL IMPACTO RADIOLÓGICO ANUNCIADO POR LA EMPRESA

Sobre el impacto radiológico y el proyecto encargado a la consultora Geomnia, la Plataforma considera que ha sido "realizado a medida" y que del mismo "se concluye que la evaluación del impacto radioactivo de la planta de proceso definitiva queda fuera del ámbito de estudio" y que "otra cuestión no tratada y fundamental desde el punto de vista de la protección de la salud pública, es la del potencial impacto acumulativo".

Sí a la Tierra viva recuerda que "el ámbito médico concluye que los efectos de la monacita en el organismo humano se deben, al menos en parte, a la presencia en su composición no sólo de elementos de tierras raras sino de radiosótopos naturales de las familias del torio y el uranio, que pueden afectar sobre todo a los órganos internos y que se conocen efectos adversos sobre los procesos metabólicos dado que los óxidos solubles y los fosfatos presentes en el mineral tienen la capacidad de generar neumoconiosis, una grave enfermedad producida por la infiltración en el aparato respiratorio del polvo de determinadas sustancias naturales, causando además toxicidad sistémica y efectos irritantes".

Por otro lado -señalan-, "está la Resolución aprobada por la mayoría absoluta de las Cortes Regionales el pasado 2 de febrero (Expediente 09/DG-00108) sobre esta actividad", que confirma "la evidencia científica expuesta en múltiples estudios internacionales sobre los graves efectos negativos de la minería de tierras raras en la salud pública y el medio ambiente" instando a la elaboración de una norma legislativa que impida esta actividad en Castilla-La Mancha.

UN PROYECTO MINERO QUE NO COMPENSA NI AMBIENTAL NI SOCIALMENTE

Sin embargo, si algo llama la atención para la Plataforma Sí a la Tierra Viva, "es que Quantum Minería haya recurrido  para elaborar su estudio de impacto socioeconómico al Área de Prospección e Investigación Minera del Departamento de Ingeniería Geológica y Minera de la Universidad de Castilla-La Mancha y no a un equipo especializado como sería lógico y previsible", una nueva muestra que evidencia para la asociación "que el objetivo de la empresa es únicamente intentar cumplir a cualquier precio con los requisitos exigidos por la Administración".

"La mercantil parece obviar el masivo rechazo social que ha desatado su plan minero en las comarcas afectadas, y que en este caso el proyecto resta más que suma debido al corto horizonte temporal del mismo y a los impactos negativos declarados sobre la salud, el medio ambiente y la biodiversidad, como ya alertaron en su momento durante la fase de consultas previas tanto el MAGRAMA como otros organismos de relevancia" -afirman desde Sí a la Tierra Viva-.

Además, para el colectivo, "Quantum Minería intenta vender las bondades de un proyecto en el que nadie cree haciendo referencia a la presunta generación de puestos de trabajo sin considerar cuanto empleo destruye en otros sectores productivos como el agroalimentario, del que dependen miles de familias en la provincia de Ciudad Real, y que son el verdadero sostén económico de las comarcas afectadas".

LA DOCUMENTACIÓN NO FUE ENTREGADA EN PLAZO

Finalmente, la  Plataforma reafirma su postura en cuanto a la entrega de documentación por parte de la mercantil, que interpreta la legislación de manera torticera y en función de sus intereses, olvidando que la normativa legal en cuestión está amparada por diversas sentencias judiciales en cuanto a los denominados "plazos por meses".

Sí a la Tierra Viva anuncia "que estará pendiente tanto de la decisión del Gobierno autonómico como de la valoración que en su momento emita la Oficina del Defensor del Pueblo al respecto antes de tomar, según corresponda, los siguientes pasos por la vía legal o administrativa en aras del respeto a la legalidad vigente".

AM/Red
28.2.2017

Organizaciones salvadoreñas reclaman al Parlamento prohibir la explotación minera y liberar al país de los tratados de libre comercio

La población salvadoreña se ha echado a las calles contra la impunidad de las corporaciones mineras
Dieciséis entidades ambientalistas y sociales que aglutinan el Movimiento de Víctimas, Afectados y Afectadas por el Cambio Climático y Corporaciones (MOVIAC), han entregado una petición a los representantes públicos solicitando la creación de una norma en defensa de la población y los territorios que prohíba la actividad extractiva en el pais centroamericano.

La entrega tuvo lugar ante la Comisión de Medio Ambiente y Cambio climático de la Asamblea Legislativa Salvadoreña y estuvo precedida de varios pronunciamientos sociales rechazando la actividad industrial del sector minero.

MOVIAC considera que existen consideraciones suficientes para promulgar dicha Ley que permita proteger a las comunidades y recursos hídricos de El Salvador, dado el largo historial de lucha de las comunidades y las organizaciones ambientalistas de todo el país contra los abusos de las empresas transnacionales. Además, de acuerdo a diversos estudios ealizados por la Universidad Centroamérica José Simeón Cañas, más del 70% de la población está en contra de los proyectos mienros en El Salvador.


TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

Las organizaciones también solicitaron al Ejecutivo salirse de los tratados de libre comercio que ha firmado el pais, ya que dichos tratados fueron diseñados para el beneficio de las grandes corporaciones, lo que supone un perjuicio más que evidente para la población salvadoreña.

AM/Red
28.2.2017

El presumible incumplimiento de plazos en la entrega de la documentación ambiental pone en entredicho la continuidad del proyecto de tierras raras de la empresa Quantum Minería en Castilla-La Mancha

Manifestación contra la minería de tierras raras en Ciudad Real (Foto: Sí a la Tierra Viva)






















La Plataforma Sí a la Tierra Viva presenta de manera inmediata solicitud a la Junta de Castilla-La Mancha para que proceda a la inadmisión de la documentación presentada al considerar que podría haberse realizado de forma extemporánea y remite por la vía urgente a la Oficina del Defensor del Pueblo el correspondiente informe para que proceda por su parte al control de legalidad.

Según el criterio del equipo jurídico de la Plataforma, la mercantil habría presentado el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) fuera de plazo, ya que este terminaba el pasado 18 de febrero ya que en este caso rige la ley 30/1992, de 26 de noviembre, por  la que se aprueba  la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, que considera los sábados como días hábiles, a diferencia de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Muestra de ello, para la entidad, es la desestimación de la solicitud de la ampliación de plazo realizada por Quantum Minería y que fue dictaminada por la Directora Provincial e la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Dª María del Prado Amores González Gallego, con fecha 16 de enero de 2017, en la que se estableció de forma clara que la legislación aplicable es la antigua ley de procedimiento, la 30/1992.

Así, la Ley 30/1992 establece en su artículo 48.2 “Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes”.

De las anteriores previsiones legales queda claro que el dies a quo, es decir, el primer día del plazo es el siguiente a aquel en el que se notifique, comunique o publique el acto correspondiente. Desde la Plataforma se preguntan entonces, "¿cuál es el último día del plazo (dies ad quem)?".

Según indican desde el colectivo, el Tribunal Supremo se ha pronunciado reiteradamente sobre este particular, entendiendo que en los plazos contados por meses, el dies ad quem será el equivalente, en el mes siguiente, al día de la notificación o publicación, sin perjuicio de que el primer día sea el siguiente a éste, tal como se pronuncia la Sala Tercera del Alto Tribunal en su Sentencia de 9 de mayo de 2008 (Cendoj, ROJ: STS 2235/2008):

TERCERO.- Es reiteradísima la doctrina de esta Sala sobre los plazos señalados por meses que se computan de fecha a fecha, iniciándose el cómputo del plazo al día siguiente de la notificación o publicación del acto, pero siendo la del vencimiento la del día correlativo mensual al de la notificación y ello en adecuada interpretación del art. 48.2 de la Ley 30/92".

Esta línea jurisprudencial es mantenida actualmente como puede observarse, por ejemplo, en la STS de 17 de septiembre de 2012 (Cendoj, ROJ STS 6052/2012), donde se concreta que "si un acto es notificado el 12 de febrero de 2013 y el plazo para recurrirlo es de un mes, el primer día del plazo es el 13 de febrero pero el último día del plazo es el 12 de marzo".

DE FACTO, QUANTUM MINERÍA HABRÍA ENTREGADO LA DOCUMENTACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL FUERA DE PLAZO

En conclusión, para Sí a la Tierra Viva "dado que en la solicitud de concesión de explotación de tierras raras tuvo fecha de notificación de 18 de noviembre de 2016, el primer día de plazo (dies a quo) del procedimiento fue el 19 de noviembre, y el ultimo día de plazo (dies ad quem) fue el 18 de febrero de 2017, siendo este día hábil según la Ley 30/1992, legislación aplicable al procedimiento (a diferencia de si hubiese estado regido por la Ley 39/2015), que considera los sábados como días inhábiles".

Esta circunstancia conlleva "que la presentación del Estudio de Impacto Ambiental por la mercantil Quantum Minería haya sido efectuada fuera del plazo legalmente establecido, ya que este se ha realizado con fecha 20 de febrero de 2017 por lo que la Administración Autonómica, en cumplimiento de la legalidad vigente, ha de remitirse al artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que regula la caducidad de los procedimientos" -indican desde el grupo-.

PARA LA PLATAFORMA ES FUNDAMENTAL EL RESPETO A LA LEGALIDAD

En virtud de lo expuesto, la Plataforma Sí a la Tierra Viva ha presentado solicitud a la Junta de Castilla-La Mancha para que proceda a la inadmisión de la documentación de Quantum Minería S.L. al haberse realizado fuera de plazo en virtud de la legislación aplicable y remitido por la vía urgente a la Oficina del Defensor del Pueblo el correspondiente informe para que pueda proceder por su parte al control de legalidad en este caso. De igual modo, la entidad anuncia que actuará por todas las vías jurídicas a su alcance en "hasta conseguir que se respete la Ley y en defensa de los intereses de la población de la zona afectada por los proyectos de la mercantil".

AM/Red
21.2.2017

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